Título:
DIFERIR LA EXIGENCIA DE INTEGRAR EL DEPÓSITO PREVIO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY Nº 402 HASTA TANTO SE ESTABLEZCA SI CORRESPONDE QUE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVA LAS QUEJAS DEDUCIDAS POR RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADOS POR LA JUSTICIA NACIONAL.