Título:
MODIFICAR EL NUMERAL 3. DE LA ACORDADA N° 3/2010, QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
“EL PRESENTE RÉGIMEN COMPRENDE LOS SERVICIOS EXTRAORDINARIOS QUE CUMPLAN LOS FUNCIONARIOS QUE DESEMPEÑEN FUNCIONES DE CEREMONIAL.
PARA LOS PROSECRETARIOS ADMINISTRATIVOS -EXCLUIDOS QUIENES DESEMPEÑEN FUNCIONES DE CEREMONIAL-, EL PRESENTE RÉGIMEN SE APLICA EN CASO QUE CUMPLAN SERVICIOS EXTRAORDINARIOS, EN DÍAS HÁBILES, CUANDO LA PRESTACIÓN SUPERE LAS TRES (3) HORAS DIARIAS Y SÓLO POR LA DEMASÍA, Y EN DÍAS SÁBADOS; DOMINGOS Y FERIADOS, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO PRECEDENTEMENTE”.