INSTRUIR A LAS/OS SECRETARIAS/OS JUDICIALES PARA QUE PROCEDAN A EFECTUAR LA CERTIFICACIÓN DEL ESTADO DE LAS ACTUACIONES RELACIONADAS CON LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIA REMITIDOS AL TRIBUNAL EN FUNCIÓN DEL PRECEDENTE “BAZÁN” EN TODOS LOS CASOS EN QUE LO CONSIDEREN PERTINENTE.