Título:
INCORPORAR COMO INCISO I) DEL ARTÍCULO 19. DEBERES DEL REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, EL SIGUIENTE TEXTO: ART 19 I) UTILIZAR EL CORREO ELECTRÓNICO PROPORCIONADO POR EL TRIBUNAL, EXCLUSIVAMENTE, PARA EL DESEMPEÑO DE LA ACTIVIDAD LABORAL, PUDIENDO TAMBIÉN UTILIZARSE PARA ACTIVIDADES AUTORIZADAS DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 11 DEL PRESENTE REGLAMENTO Y PARA ASUNTOS PROTOCOLARES. SÓLO SE ADMITE UN USO DISTINTO ANTE UNA NECESIDAD EXTREMA E IMPOSTERGABLE. EN NINGÚN CASO SE PUEDEN EMPLEAR CUENTAS DE CORREO INSTITUCIONALES O CONEXIONES DEL TRIBUNAL PARA EFECTUAR COMENTARIOS O EMITIR PERSONALES JUICIOS DE VALOR SOBRE OTROS AGENTES O TERCEROS.