FIJAR, A PARTIR DEL 1º DE SEPTIEMBRE DEL CORRIENTE, EL CUADRO DE VIÁTICOS DIARIOS POR MISIONES TRANSITORIAS EN EL INTERIOR O EXTERIOR DEL PAÍS QUE SE ANEXA A LA PRESENTE Y QUE REEMPLAZA AL ANEXO III DE LA ACORDADA Nº 11/2009, MODIFICADO POR LA ACORDADA Nº 28/2011.