Título:
MODIFICASE EL ARTÍCULO 1° DE LA ACORDADA Nº 23/2010, EL QUE QU EDARÁ
REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
“DISPONER QUE CUANDO UN AGENTE PERCIBE EL ’ADICIONAL POR INTERINATO DE CARGO’ SE SUSPENDERÁ EL PAGO Y EL COMPUTO DEL PLAZO PARA LA PERCEPCIÓN DEL ‘ADICIONAL POR PERMANENCIA’ EN LA CATEGORÍA EN LA QUE SE DESEMPEÑABA ANTERIORMENTE HASTA QUE, EVENTUALMENTE, RETORNE A ÉSTA, MOMENTO EN EL CUAL SE REANUDARÁ EL CÓMPUTO Y/O EL PAGO.
SI ESE INTERINATO SE EXTIENDE POR LOS PLAZOS QUE ESTABLECE EL PUNTO 3.
DEL ANEXO III DE LA ACORDADA Nº 1/1998, EL AGENTE PERCIBIRÁ EL RUBRO EN SU CARGO INTERINO, TANTO SI SIGUE DESEMPEÑÁNDOSE EN TAL CARÁCTER, COMO SI EL INTERINATO CONCLUYE CON LA DESIGNACIÓN EFECTIVA EN EL CARGO.